Debido a que hemos recibido varias consultas respecto de las implicaciones que puede tener el Rise en la contabilidad de la empresas hemos recopilado los temas que consideramos mas importantes.
¿Qué es el RISE?
El RISE (siglas de Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano), es un nuevo régimen de incorporación voluntaria, es un sistema impositivo cuyo objetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes. A quienes permite reemplazar el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales, según el Servicio de Rentas Internas, tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.
¿Quiénes se pueden inscribir en el RISE?
Las personas naturales, que cumplan las siguientes características:
1. Ingresos no superiores a USD 60,000 dentro de un período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
2. No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años
3. No realizar las siguientes actividades:
a. Agenciamiento de bolsa: es decir agentes de Bolsa de Valores
b. Almacenamiento de productos de terceros: aquellas almaceneras que prestan servicio de depósito de bienes para otras personas.
c. Agentes de aduana: quienes se dedican a la actividad de realizar trámites de comercio exterior
d. Comercialización y distribución de combustibles: quienes tienen estaciones de servicio en el cual se expende cualquier tipo de combustible (diesel, extra, super, jet fuel, etc.).
e. Casinos, Bingos, Salas de juego: quien posea cualquiera de estos locales orientados a juegos de azar
f. Publicidad y propaganda: aquellos cuyo objetivo sea entregar publicidad. Por ejemplo una agencia que realiza comerciales de televisión.
g. Organización de espectáculos: es decir, personas naturales que preparen eventos catalogados como tales.
h. Libre ejercicio profesional: aquellos personas naturales (con título terminal universitario) que haciendo uso de sus conocimientos, realizan actividades profesionales en los diversos ámbitos de ocupación. Por ejemplo los médicos, abogados, arquitectos, etc. que poseen una oficina, consultorio o simplemente brindan algún tipo de asesoría o ayuda.
i. Producción y comercialización de bienes ICE: aquellas personas naturales cuya actividad económica gire en torno a producir bienes gravados con Impuesto a Consumos Especiales, como por ejemplo bebidas alcohólicas.
j. Imprentas autorizadas por el SRI: es decir, aquellas personas naturales que sean dueñas de una imprenta que realice comprobantes de venta autorizados por el SRI.
k. Corretaje de bienes raíces: aquellas personas naturales que se dediquen a actividades relaciones con compra-venta-comisión de bienes raíces.
¿Entregan comprobantes de venta autorizados?
Las personas que se incorporen al Régimen Simplificado estarán obligados a emitir notas de venta impresos en establecimientos gráficos autorizados por el SRI, o tiquetes de máquinas registradoras autorizadas por el SRI. Estos contribuyentes también podrán solicitar autorización para emitir guías de remisión, notas de crédito y notas de débito, que incluirán, la Leyenda “Contribuyente Régimen Simplificado”. Este requisito adicional, podrá ser abreviado para el caso de tiquetes de máquina registradora.
¿Sirven estos comprobantes de venta simplificados para sustentar crédito tributario?
No, ya que el comprobante no desglosa ni registra la tarifa del 12% del IVA.
¿Sirven estos comprobantes de venta simplificados para sustentar costos y gastos del Impuesto a la Renta?
Como dijimos antes, las notas de venta y documentos complementarios no genera crédito tributario de IVA a sus adquirientes pero si sustentarán costos y gastos del Impuesto a la Renta, siempre que identifiquen al usuario y describan los bienes y servicios objeto de la transacción. Siempre que sean gastos autorizados por la ley.
Las notas de venta y documentos complementarios deberán incluir como requisitos de llenado, la siguiente información:
Ø Fecha de la transacción;
Ø Valor de la transacción;
Ø En el caso de los servicios prestados por hoteles, bares y restaurantes, debidamente calificados, deberán incluir la propina establecida por el Decreto Supremo No 1269, publicado en el Registro Oficial No 295 del 25 de agosto de 1971.
¿Debe realizarse retención de Impuesto a la Renta, a los ciudadanos incorporados al Rise?
De acuerdo con el reglamento vigente, los contribuyentes incorporados al Régimen Simplificado no serán sujetos de retenciones en la fuente del IVA o del Impuesto a la Renta en sus transacciones inherentes a sus actividades empresariales, arrendamiento de bienes inmuebles u otros activos, trabajos autónomos, explotación de predios agrícolas; ni en los pagos o acreditaciones que les efectúan las empresas emisoras de tarjetas de crédito como establecimientos afiliados, ni en convenios de recaudación a través de las Instituciones del Sistema Financiero.





Este artículo me parece muy concreto, especifico y de gran utilidad para los estudiates ya que de una manera clara responde todas nuestras dudas acerca del RISE